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Bases y condiciones ojas
REGLAMENTO DEL ENTRETENIMIENTO
 “ROCK & POP CONEXIÓN OJAS SONY”

El entretenimiento que se describe en este documento (en adelante el “ENTRETENIMIENTO”) será organizado por Radiodifusora Buenos Aires S.A. (en adelante el “ORGANIZADOR”) y pretende entretener y premiar la destreza, habilidad y conocimiento de los usuarios de www.fmrockandpop.com (en adelante el “SITIO”). Con tal finalidad, se ha creado este Entretenimiento, cuyas condiciones y reglas de juego se regirán por el presente reglamento (en adelante el “REGLAMENTO”).
1.    El Entretenimiento
1.1.    El Entretenimiento consiste en un juego denominado “Rock & Pop te invita a participar por una cámara digital SONY”, en el cual los participantes suman puntos contestando acertadamente preguntas en el menor tiempo posible, relacionadas con el grupo musical OJAS y la radio ROCK & POP 95.9 FM (en adelante el “Juego”).
2.    Vigencia, Alcance Geográfico, Comunicación.
2.1.    La vigencia del Entretenimiento será desde las 0.00 horas del 26 de octubre de 2009 hasta las 12:30 horas del 26 de noviembre de 2009, (en adelante el “Plazo de Vigencia”).   
2.2.    El alcance geográfico del Entretenimiento será todo el territorio de la República Argentina a excepción de las Provincias de Salta, Neuquén, Córdoba, Mendoza y Tierra del Fuego.
2.3.    El Entretenimiento se promocionará en ROCK & POP 95.9, en el SITIO y en diversos medios (en adelante denominados indistintamente como el “MEDIO”).
3.    Participantes.
3.1.    Podrán participar del  Entretenimiento toda persona física, domiciliada en la República Argentina, mayor de 18 años de edad. (en adelante el “Participante”).
3.2.    No podrán participar de este Entretenimiento, las personas físicas domiciliadas en las Provincias de Salta, Neuquén, Córdoba, Mendoza y Tierra del Fuego.
3.3.    No podrán participar de este Entretenimiento personal y empleados del Organizador o del Medio o de las Operadoras, o de cualquiera de sus subsidiarias y empresas vinculadas, ni de sus proveedores o sus agencias de publicidad afectadas al mismo, ni sus parientes ya sea por consanguinidad o afinidad en línea recta o colateral hasta el segundo grado inclusive.
3.4.    A los efectos del Entretenimiento, se tomarán los datos suministrados por el participante al completar el Registro.
3.5.    En caso que el Participante suministre datos falsos automáticamente quedará excluido del Entretenimiento.
4.    Aceptación del Reglamento
4.1.    La participación en el Entretenimiento supondrá por parte de los Participantes la aceptación de pleno derecho de todas y cada una de las disposiciones descriptas en este Reglamento, así como las decisiones que adopte el Organizador sobre cuestiones previstas o no en el mismo, como condición de su participación en el Entretenimiento.
4.2.    El Organizador se reserva el derecho de cancelar, ampliar o modificar el Entretenimiento total o parcialmente, o extenderlo en el tiempo y en el territorio, modificar el Reglamento. Todas las modificaciones, ampliaciones, disminuciones o cancelaciones serán difundidas utilizando el mismo mecanismo utilizado para difundir el Reglamento originario, y no generarán responsabilidad alguna por parte del Organizador. En todos los casos, las modificaciones introducidas deberán ajustarse a la legislación vigente, y no afectarán derechos ya adquiridos por los Participantes.
5.    Operatoria de participación
5.1.    Los Participantes que deseen participar del presente Entretenimiento deberán durante el Plazo de Vigencia:
5.1.1.    Ingresar en forma totalmente gratuita al SITIO. Deberán registrarse completando el formulario que se le indicará en el SITIO, que constará en ingresar: nombre, apellido, nombre de usuario, contraseña, correo electrónico, sexo, número telefónico y fecha de nacimiento, (en adelante los “Datos”).
5.1.2.    En el caso de que el Participante ya se encuentre registrado, deberá ingresar el usuario y contraseña que brindó en el registro para loguearse en el SITIO.
5.1.3.    Una vez logueado en el SITIO el Participante deberá seguir la consigna del Juego planteada en el sitio, que se explica en el siguiente punto.
5.1.4.    Consigna: los participantes deberán enviar al mail Esta dirección de correo electrónico está protegida contra robots de spam. Necesitas activar JavaScript para poder verla un video de su autoría inspirado en el tema musical “CONEXION” del grupo musical OJAS.
5.1.5.    Asimismo losparticipantes podrán enviar su material de video personalmente o por correo a Capitán General Ramón Freire 932, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C1426AVT), dentro de un sobre indicando sus DATOS (nombre, apellido, correo electrónico, sexo, número telefónico y fecha de nacimiento) con el tema de referencia: “MI VIDEO CONEXIÓN OJAS FMROCKANDPOP.COM”.
5.2.    Los participantes garantizan que tienen autorización sobre el material con el que participan y cumplen con los requisitos mencionados en el punto 11 del presente reglamento.

6.    Premio del Entretenimiento (el “Premio”)
6.1.    El premio del Entretenimiento es una (1) cámara digital Sony DSC-W180, cuyo valor final es de $1.200.- (en adelante el “Premio”).
6.2.    El Premio no podrá ser canjeado por dinero en efectivo, ni por cualquier otro bien, ni transferido y/o cedido a otra persona. El Premio no incluye extras ni ningún otro servicio o bien distinto de los expresamente detallados en este Reglamento.
6.3.    En el supuesto de ocurrencia de un caso fortuito, el Organizador se reserva el derecho de ampliar, reducir o modificar la cantidad de Ganadores y/o Premios, previo aviso de tal circunstancia.
7.    Determinación del Participante Ganador
7.1.    El día 26 de noviembre del 2009, el Organizador, a través del análisis de los registros informáticos y mediante la votación de un jurado compuesto por staff de Rock & Pop y representante/s de la banda OJAS (en adelante “EL JURADO”) determinarán de entre todos los Participantes, cuál es el video que mejor representa al tema musical “CONEXIÓN” del grupo musical OJAS en función de su calidad artística, por lo cual el Participante que lo haya realizado será considerado Potencial Ganador del Premio y asimismo se determinará una cantidad equivalente de potenciales Ganadores suplentes en base al criterio de calidad artística, según determine el JURADO.

8.    Notificación al Ganador y entrega de Premio.
8.1.    El Organizador notificará mediante comunicación telefónica conforme los Datos al Potencial Ganador, tal condición y el lugar y la fecha a designarse, en la que deberá presentarse.
8.2.    El Potencial Ganador para convertirse en Ganador del Premio deberá presentarse personalmente, con su DNI, LC o LE en el lugar y en la fecha  informada por el Organizador.
8.3.    Para el supuesto que el Potencial Ganador no se presente en el lugar y en la fecha informada por el Organizador o para el supuesto que presentándose no acredite los Datos, por cualquier razón que ello fuera incluyendo, sin limitación, que la línea se encuentre ocupada o que no responda al llamado o cualquier otro motivo, el Organizador procederá a realizar dos (2) nuevos intentos de comunicación,  si al tercer intento la comunicación no pudiera ser establecida, perderá en forma automática dicha condición ocupando su lugar el primer Participante escogido como Ganador suplente hasta tanto se obtenga el Ganador del Entretenimiento.
8.4.    Una vez cumplimentados los requisitos indicados arriba, el Potencial Ganador se consolidará como Ganador del Premio ofrecido, el cual deberá ser retirado en el plazo de 72 horas desde su asignación caso contrario, el premio quedará en poder del Organizador.   
9.    Premios no asignados.
9.1.    Dada la modalidad del Entretenimiento, no existe posibilidad de que queden a la fecha de su finalización Premios no adjudicados, siempre que al menos un Participante haya enviado correctamente un video. Si, por cualquier causa, el Premio no resultara asignado a la finalización del Entretenimiento, el mismo quedará en propiedad del Organizador.
10.    Datos personales.
10.1  Los datos de los registros del Entretenimiento serán almacenados en la base de datos ubicada en el domicilio legal del Organizador. Los Participantes podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación y/o supresión sobre sus datos conforme lo dispuesto por la ley 25.326. El titular podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo, total o parcial, de su nombre del banco de datos a los que se refiere el presente punto. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. La información requerida es necesaria para organizar y realizar el presente Entretenimiento. Asimismo, el Organizador podrá utilizarla como base de datos interna para realizar acciones promocionales o de marketing directo.

11.    Autorización.
11.1.    Los Participantes y el Ganador autorizan al Organizador y a quienes éstos expresamente autoricen, a difundir sus datos personales, domicilios, imágenes y voces, con fines publicitarios, en los medios y formas que el Organizador y/o las Operadoras dispongan, sin derecho a compensación alguna durante la vigencia del Entretenimiento y hasta los 365 días de su finalización.
11.2.    La participación en el Entretenimiento importará la expresa autorización para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción, o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes y/o voz y/o datos personales de los Participantes en general y del Ganador y su acompañante en particular, y del material enviado para participar del presente reglamento en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.) con cualquier finalidad durante el Plazo de Vigencia del Entretenimiento y hasta tres (3) años después de su finalización, sin que el Participante tenga derecho al reclamo de indemnización o compensación alguna.
11.3.    Los Participantes y el Ganador garantizan que no existen terceros que tengan derechos de exclusividad sobre la exhibición, publicación, difusión, reproducción y/o la puesta en el comercio de su imagen, voz y datos personales así como de la exhibición, publicación, difusión, reproducción y/o la puesta en el comercio de imagen, voz y datos incluido en el material multimedia enviado para participar de la acción que se describe en el presente reglamento. En caso contrario, se comprometen a mantener indemne al Organizador respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran formular terceras personas.
11.4.    Los Participantes y el Ganador reconocen que la participación en el Entretenimiento no les causa ningún perjuicio patrimonial, por tanto, renuncian a cualquier reclamo que puedan efectuar por la disminución de sus ingresos (ya sea por la participación en el Entretenimiento o por la cesión de derechos referida).
12.    Gastos.
12.1.    El Organizador no se hará cargo de ningún gasto extra y/o adicional, como ser gastos de transporte, en que el Ganador pueda incurrir para recibir los Premios, ni serán responsables en caso de insatisfacción por el Premio recibido. Cualquier impuesto, gravamen, tasa, contribución o retención, actual y/o futuro, que deba tributarse o se origine sobre la relación con el Premio, será a cargo del Ganador.
13.    Interpretación.
13.1.    El Organizador determinará el criterio a aplicar en cualquier situación prevista o no en el presente Reglamento, siendo la única autoridad interpretativa de las mismas, reservándose el derecho a efectuar cualquier tipo de modificación respecto de aquellas situaciones siempre y cuando no se altere la esencia del Entretenimiento y comunicándolo previamente. Sus decisiones al respecto serán irrecurribles.
14.    Responsabilidad.
14.1.    El Organizador no será responsable por las interrupciones, cortes y/o cualquier deficiencia que pudiere dificultar el acceso y/o la navegación en Internet por parte de los Participantes, incluyendo en este sentido deficiencias en los servidores de acceso al Portal. El Organizador no podrá ser considerado responsable por ningún daño o perjuicio ocasionado o que pudiera ocasionarse a los Participantes y/o al Ganador y/o terceros en este Entretenimiento, en sus personas y/o bienes, debido o en ocasión de la utilización del Premio que en este Entretenimiento se ofrece. El Organizador será el único responsable de la entrega del Premio y su responsabilidad finalizará al poner a disposición del Ganador el Premio.
14.2.    Tampoco podrán ser considerados responsables por fallas, desperfectos, vicios o reclamos de cualquier tipo que el Ganador del Premio ofrecido  y/o terceros pudieran efectuar en relación con éste, los que deberán ser canalizados en forma directa ante su fabricante, importador, distribuidor, proveedor y/o quien corresponda.
15.    Facultades del Organizador.
15.1.    El Organizador podrá suspender definitiva o transitoriamente el Entretenimiento, como así también introducir las modificaciones que juzgue convenientes en cuanto a las condiciones y características del mismo, en caso de configurarse el supuesto de caso fortuito o fuerza mayor, sin que ello genere derecho alguno o reclamo por parte de los Participantes.
15.2.    El Organizador se reserva también el derecho de efectuar todo tipo de modificación en la realización del Entretenimiento y extenderlo o suspenderlo, sin previo aviso, si así lo considera necesario, dando cumplimiento a la normativa vigente.
16.    Consulta de Reglamento.
16.1.    El presente Reglamento podrá ser consultado en la página web de ROCK & POP 95.9 FM http://www.fmrockandpop.com
17.    Prohibición de uso de medios informáticos especiales
17.1 Para participar en el Entretenimiento queda estrictamente prohibida la utilización de software, sistemas especiales y otros dispositivos. Asimismo, se prohíbe a los usuarios participar en el Entretenimiento utilizando más de un tipo, versión o copia de software de navegación por vez. La violación de esta regla por parte de los Participantes puede ser causa de descalificación total y permanente del mismo. En caso que el Organizador determine que algunos de los Participantes registrados ha violado alguna de las reglas fijadas en el presente reglamento, procederá a su inmediata exclusión.

18.   JURISDICCION
18.1 Toda relación que en virtud de este Entretenimiento se genere entre los Participantes, el   Ganador y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiere tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el Participante los Tribunales Nacionales en lo Comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cualquier sea la causa o el reclamo, con renuncia expresa por parte del Participante a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder.
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